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| seguro de renta vitalicia Hola a todos,resulta que ha mi padre ,ibercaja le esta comiendo la cabeza para hacerse un seguro de renta vitalicia con una buen redito,he leido una simulacion y veo cosas que no me convencen,conoceis el tema,hay algo raro en todo lo que he leido |
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| Hola, ¿qué es lo que ves raro?; ¿qué edad tiene tu padre?; ¿ tiene otro dinero del que poder disponer en caso de necesidad?; ¿qué información POR ESCRITO le han dado? ; ¿se aceptan rescates parciales, y el rescate total qué riesgo corre? porque ¿a qué está vinculado ese seguro? Por lo pronto yo te diría que mirases todo eso porque después vienen los problemas. Saludos |
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| Los seguros se renta vitalicia es una modalidad de seguro,en la que a cambio de una prima única,garantiza al asegurado una renta periódica hasta su fallecimiento,y al mismo tiempo se contrata la cobertura por fallecimiento para que los beneficiarios reciban la prima única aportada en su momento,o en un porcentaje mayor o menor según el tipo de póliza. Es un producto pensado para persona mayores,que quieren tener una renta periódica con un aceptable interes,y con el beneficio fiscal,de que a partir de los 60 años,una parte de los rendimientos dejan de considerarse rendimientos de capital mobiliario. Lo mas importante,es que es un producto pensado para el que no necesite rescatar en un futuro el dinero,pues sufriría pérdidas de capital. También es importante seleccionar a los beneficiarios del seguro,porque éste nada tiene que ver con los herederos legales en caso de fallecimiento,un saludo.
__________________ Hacia la libertad financiera siguemiobjetivo@outlook.com |
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| controlderiesgo ¿sabes en profundidad sobre el tema de los seguros de renta vitalicia? Es que necesitaría hacerte algunas preguntas. Saludos |
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| Cita:
Al final te pones a pensar en el producto,y es como que les das tu dinero,para que ellos te den la paga,y por la gestión se queden con su parte,y los herederos acaban por no saber que en realidad le han dado su propio dinero a plazos. Vivimos tiempos de tipos muy bajos de interes,y la gente estaba acostumbrada a que les remunerasen muy bien por sus ahorros,y ahora ésto no es posible sin riesgo,por lo que los bancos sacan productos muy enreversados para la gente común,pero en los que hay que leer muy bien la letra pequeña para evitarse disgustos,el del banco no es tu amigo,es un empleado.Un saludo.
__________________ Hacia la libertad financiera siguemiobjetivo@outlook.com |
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| Gracias por tu contestación y además estoy totalmente de acuerdo. El tema es que tengo un familiar que tiene un seguro de renta vitalicia que hizo con 86 años y que está vinculado a un asset swap. Son los únicos ahorros que tiene y fue a sacar parte del dinero por necesidad y le cuentan la realidad de lo que tiene: no puede hacer rescates parciales y si saca el total la pérdida es alucinante. Estamos en conversaciones con el Banco y ellos dicen que eso es así porque mi tío así lo firmó. No tiene la Mifid porque dicen que para la contratación de ese producto no era necesaria (ya estaba en vigor su aplicación). Co una vinculación a un SWAP, ¿cómo pueden ecir eso y quedarse tan panchos????? ¿Qué piensas al respecto? Sañudos |
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| [QUOTE=mariaje;766275]Gracias por tu contestación y además estoy totalmente de acuerdo. El tema es que tengo un familiar que tiene un seguro de renta vitalicia que hizo con 86 años y que está vinculado a un asset swap. Son los únicos ahorros que tiene y fue a sacar parte del dinero por necesidad y le cuentan la realidad de lo que tiene: no puede hacer rescates parciales y si saca el total la pérdida es alucinante. Estamos en conversaciones con el Banco y ellos dicen que eso es así porque mi tío así lo firmó. No tiene la Mifid porque dicen que para la contratación de ese producto no era necesaria (ya estaba en vigor su aplicación). Co una vinculación a un SWAP, ¿cómo pueden ecir eso y quedarse tan panchos????? ¿Qué piensas al respecto? Sañudos[/QUOT Pues pienso que no deberia estar permitido,que a una persona con 86 años le vendan un producto vinculado a un asset swap,que hay que ser mas o menos un ingeniero financiero para entenderlo. • Asset Swap. Contrato mediante el cual el inversor compra un bono corporativo con cupón fijo y simultáneamente entra en un swap de tipo de interés en el que las fechas de pago y los cupones fijos coinciden exactamente con los del bono. El flujo variable en el asset swap cotiza como un diferencial del asset swap, y por tanto, se consigue replicar un bono corporativo con cupón variable. Así, el inversor transfiere el riesgo del tipo de interés del cupón fijo original a la contraparte del swap. Pero lo que es curioso,es que los seguros de ahorro estén excluidos de la aplicación de la directiva MiFID. ¿A qué productos afecta la Directiva MiFID? No todos los productos tienen la misma complejidad ni el mismo riesgo. Por este motivo los productos se distinguen entre: • Productos excluidos de la aplicación de la Directiva MiFID (por ejemplo cuentas corrientes, Libretas de ahorro a la Vista, Imposiciones a plazo fijo, depósitos a plazo de rendimiento variable con capital garantizado, Planes de Pensiones o Seguros de Ahorro). • Productos MIFID No complejos (Valores negociables, Instrumentos del mercado monetario -Pagarés, Deuda pública- Cédulas Hipotecarias, Fondos de inversión -excepto Hedge Funds- y SICAVs. • Productos MiFID complejos (Deuda subordinada, participaciones preferentes, fondos de inversión libre -hedge funds-, derivados -futuros, opciones, warrants, caps, floors...-, contratos financieros atípicos, seguros de cambio y opciones sobre divisas). si despues de haber intentado hablar con el banco no hay manera de que entre en razones,se podria consultar a un abogado,por si por la edad del familiar hubiera algo que hacer,pero lo veo un poco dificil,suerte y un saludo.
__________________ Hacia la libertad financiera siguemiobjetivo@outlook.com |
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| controlderiesgo y ¿ no te parece que al ser un contrato se seguro vinculado a un swap puede ser una forma o estrategia de la entidad para camuflar el subyacente y no tener que acogerse a dicha normativa? Yo es que lo veo de esa manera porque la pérdida en el rescate no se debe al seguro de la renta vitalicia (ya he visto otro tipo de contratos y son incluso interesantes si se hacen bien y te informan correctamente, etc) sino a lo que ese seguro está vinculado que es ese producto tan complejo y especulativo cuya contratación en sí mismo sí que por supuesto está sometido a dicha normativa. Vamos que si me apuras yo diría que puede haber hasta fraude de ley (no tengo muchos conocimientos pero con todo lo que me he informado casi me atrevería a decirlo) Y por supuesto la edad y las circunstancias personales de mi tío, unido a que se puede hablar de nulidad de contrato por vicio de consentimiento y otras cosas que tenemos que demuestran que a mi tío lo engañaron, nos hacen seguir adelante y por mi parte estoy dispuesta a denunciar el tema. ES DE JUZGADO DE GUARDIA te lo aseguro. Lo que pasa es que me gustaría saber con seguridad lo de la Mifid. Saludos |
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| mariaje,te pego ésta página de la cnmv(comisión nacional del mercado de valores) por si no la conocias,en la que puedes observar en un dibujo,que la utilización de swaps es un ejemplo de productos complejos,y también donde podeis presentar la reclamación ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la entidad,suerte y un saludo. http://www.cnmv.es/DocPortal/Publica...guia_mifid.pdf |
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| muchísimas gracias controlderiesgo. Saludos En cuanto sepa algo te cuento |
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| Ya lo he leído, cada vez estoy más segura. El seguro está vinculado a una inversión compleja que está sometida a la MiFID pero en contrato lo han hecho a través de un seguro de vida de renta vitalicia que en sí no está sujeto a esa Normativa...ufffff como pueda.... Además según he entendido por ahí (no estoy segura) los SWAPs son tipos de contratos, permutas financieras, que deben ir asociadas a un índice de referencia por el que se calcula en cada momento el estado de pérdida o ganancia. En el contrato menciona la vinculación al ASSET SWAP pero no indica nada más. Vamos no podemos calcular la cantidad de pérdida o ganancia y curiosamente el banco nos ha dicho la cantidad que mi tío perdía TENIÉNDOLNOSLO QUE CREER. Eso creo que es algo que provocaría la nulidad del contrato, ¿te parece ? |
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| no lo sé mariaje,me imagino que lo servicios juridicos de la entidad lo habrán estudiado en profundidad,lo que si me parece es que éste tipo de producto complejo lo tendrían que explicar mas en profundidad a las personas que lo solicitan,recalcando sobre todo la penalización que conlleva el rescate anticipado,pero desgraciadamente es como el que ten vende una cosa,y te recalcan lo bueno y tapa lo malo de lo que te quieren vender. Aqui te pego un enlace de un experto en seguros y en éste tipo de productos,suerte y un saludo. http://polizasyseguros.com/los-swaps...e-seguros.html
__________________ Hacia la libertad financiera siguemiobjetivo@outlook.com |
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| De nuevo muchas gracias.Saludos |
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| en el caso del ibercaja los herederos recuperan el 102%,por lo que quitando que practicamente no se puede rescatar sin perdida de dinero,y siendo el interes del 4.7€ creo,no me parece mala inversion, ¿o se me escapa algo? Última edición por angelssent fecha: 22-nov-2012 a las 15:20 |
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| Mi suegro tenía renta vitalicia bancaja y fue un suplicio recuperar el dinero, yo no se lo recomiendo a nadie, lo mejor para gente mayor depósitos a 12 meses y punto. |
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| Mi padre, que tiene más de 80 años, tiene dos Rentas Vitalicias con el BBVA, el primero le pagan un 3 % pero el segundo un 5,3 %. En caso de fallecimiento los herederos recuperan algo más del 100 %. En caso de necesidad, si quisiera recuperarlo tendría una gran pérdida pero como tiene otros ahorros, no hay problema. En su caso le va muy bien porque sabe que cada día 25 del mes tiene sus intereses en la libreta y además no tiene que ir preocupándose de si le vence un depósito y renegociar el interés. |
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| estefan y cómo consiguió recuperarlo? asumió pérdidas o consiguió rescatarlo todo? Yo tampoco lo recomiendo en absoluto. Imposiciones a plazo y punto. Nunca se sabe si el dinero va a ser necesario Saludos |
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| Pues estuvimos mandando escritos y presionando a la entidad hasta que nos presentaron la documentación, es un producto farragoso y complejo. Esperamos un cambio, menos malo y lo saqué todo,perdimos unos 500 euros, pero fue hace tres años, y dependiendo del cambio que se de en el mercado secundario, se puede perder un dineral. Es increíble que permitan estos productos, sin ventanas de rescate y de por vida, encima se lo ofrecen a los mayores sin explicarles los riesgos. Se puede dar el caso de que no puedas rescatarlo hasta el fallecimiento porque las pérdidas sean cuantiosas. Ceder tu dinero a una entidad hasta el fallecimiento, nunca. |