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#1
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| Fondo de Garantía de Depósitos Buenas. El Fondo de Garantía de Depósitos, garantiza en caso de insolvencia, la cantidad de 20.000 euros. Ahora lo que yo me pregunto es si esta cuantía garantizada es por titular, cta, entidad, etc… o aunque el nombre “Fondo de Garantía de Depósitos” hace referencia a la palabra depósito ¿cubre esto cualquier tipo de ahorro depositado en la entidad? Partiendo de que si cubre cualquier ahorro, y con 60000 euros se me ocurren 3 supuestos que imagino serán los mas destacables . ¿Qué cubre en caso de insolvencia si…? 1- En una cta con 60000 euros a nombre de 3 titulares 2- Los mismos 60000 euros pero en una entidad en la que se tienen 3 ctas diferentes (20.000 por cta) a nombre de un mismo titular. 3 -Tres ctas en 3 entidaes diferentes tambien del mismo titular (20.000 por cta y entidad) Bueno pues de momento aquí dejo esto para los enterados en la materia, por que me parecen unas dudas que intereresaran a muchos de nosotros y a las que yo he intentado encontrar una respuesta clara, consiguiendo únicamente confundirme mas con todo lo que escribe y dice. Un saludo. |
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#2
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| Cita:
Aqui tienes la respuesta salu2 http://www.bde.es/clientebanca/garantia/cobertura.htm |
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#3
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| En resumen. Se garantiza hasta un máximo de 20.000€ por persona y entidad, independientemente de número de cuentas abiertas en cada entidad. |
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#4
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| En estos casos solo se garantizaran el 1 y 3 salu2 |