14 de Octubre, 2008
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Límite para vender mis obras a la gente?

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  #1  
Viejo 2008-02-23, 00:55
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Fecha de Ingreso: Dec 2006
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Mensajes: 15
Límite para vender mis obras a la gente?

Hola a todos, tengo un par de dudas que por mucho que he buscado no consigo averiguar.

Si yo, por ejemplo, pinto cuadros al oleo, o realizo cualquier otra obra que la gente quiere comprar, sin que yo sea autóno de nada...

¿Puedo venderlas a la gente, asi sin más? Ya sé que si vendo solo 2 cuadros puedo hacerlo sin declarar nada y no pasa nada. Pero donde está el límite?

Mis dos dudas son estas:

1-- ¿Puedo yo hacer una factura personal con mi NIF incluyendo el IVA y enseñarlas luego en hacienda para hacerlo legal?? Si es así seria perfecto, puesto que podria tratar con tiendas y hacerlo todo legal. y si no puedo hacer una factura...

2--¿Cuanto dinero tengo que ganar al año para que esté obligado a hacerme autonomo ?? Porque si tengo que pagar al mes igual o más de lo que gano no lo voy a hacer, claro.

En algun sitio lei que sin ganas menos de 3000 euros al año con una actividad particular no estas obligado a hacerte autonomo, y que una persona puede emitir facturas a tipo personal con el NIF. pero en otros sitios lei mas bien lo contrario. Que hay qiue pagar una cuota de 200 o más euros al mes, y claro, no tiene sentido ya que todo lo que ganaria con mi trabajo lo perderia

Si alguien sabe que es lo que puedo hacer en un caso asi y me lo aclara se o agradeceré. Como ejemplo: igual en un futuro cercano podria ganar 3000 - 4000 euros al año. Y si lhaciendolo egalmente pierdo todo lo que gano, el estado entonces me esta obligando a hacerlo ilegalmente!! no?

Un saludo.
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  #2  
Viejo 2008-02-25, 22:44
vagamundos vagamundos is offline
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Fecha de Ingreso: Dec 2006
Lugar: San Sebastian
Mensajes: 15
Ya se que no es un tema apasionante , pero nadie tiene alguna ligera idea??
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  #3  
Viejo 2008-02-26, 12:52
alex6500 alex6500 is online now
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Hola:

Esto que planteas es el eterno debate...

Empecemos por el principio, que es ser autónomo? Se entiende trabajador autónomo o empresario individual la persona física que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo, aun cuando utilice el servicio remunerado de otras personas.

Si pintas cuadros y los vendes estarias en esa situacion de autonomo, al realizar actividad lucrativa.

El minimo de facturacion no existe, teoricamente la Seg. Social te puede exigir el alta en el Reg. de Autonomos, en cuanto vendas el primer cuadro, aun el el supuesto de que solo vendieras ese solo cuadro.

Parece absurdo (y lo es es) pero la normativa al respecto es la que es.

Otra cuestion es que en casos en los cuales alguien ha realizado actividades lucrativas esporadicas que teoricamente obliguen a la inclusion en el reg. de autonomos, si no se ha dado de alta y la Seg. Social lo da de alta de oficio (con el consiguiente recargo y demas), si el tema ha acabado en los tribunales, se ha delimitado que lo exigible es la inclusion en el reg. de autonomos, siempre y cuando la actividad genere "ingresos suficientes" considerando "ingresos suficientes" aquellos ingresos iguales o superiores al salario minimo interprofesional (SMI), ya que los tribunales han considerado que si los ingresos de la actividad son inferiores al SMI, no estariamos ante una actividad lucrativa regular propiamente dicha y por consiguiente no se deberia dar el alta en el reg. de autonomos de forma obligatoria.

Obviamente si estos criterios se lo trasladas a los niños de la Tesoreria de la Seg. Social, te encontraras que "no saben, no contestan", vamos que teoricamente, digan lo que digan los tribunales, si detectan que realizas una actividad lucrativa, sin limites por arriba o abajo, te meten por narices en el reg. de autonomos, despues te tocara a ti acudir a los tribunales, igual te dan la razon y todo, pero de entrada a "sufrir".

En cuanto a facturas, la venta de cuadros esta sujeta al IVA (16 %) por tanto si vendes un cuadro y entregas factura, tendra que venir reflejado ese IVA, obviamente tendras que estar dado de alta en el Censo de Acitivades Economicas y cumplir las obligaciones fiscales que conlleva, entre otras, ingresar logicamente ese IVA en Hacienda y cumplir el resto de requisitos.

Por tanto, sigue como estas y cruza los dedos, si quieres actuar de forma totalmente legal y que no te cueste dinero, solo podras hacerlo si los cuadros que vendas cada año te reporten un minimo de ingresos, superior al coste de ser autonomo, vamos con 3.000-4.000 euros año, trabajarias exclusivamente para el estado, amen de hartarte de rellenar impresos y formularios.

Saludos.
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  #4  
Viejo 2008-02-27, 01:09
vagamundos vagamundos is offline
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Fecha de Ingreso: Dec 2006
Lugar: San Sebastian
Mensajes: 15
Muchas gracias por la ayuda alex6500.

Como dices es absurdo. Encontraría lógico que me retenieran una parte proporcional de mis veneficios, como todos los demas veneficios que tenemos. O pagar una cuota fija pero tambien proporcional a los ingresos, o algo parecido.

Pero así no, como dices no voy a regalar todas mis ganancias, que son pocas, asi que seguiré como ahora, osea dinero negro. Si con hacer una factura con IVA no vale, pues nada. Yo pinto un cuadro, yo trabajo, y yo lo vendo a quien quiera. Si no les vale con quedarse con el 18 % de lo que gane pues nada, que les den !

Mientras no gane al mes, el salario mínimo, ( que no lo voy a hacer ), no pienso hacer nada de nada. Si alguna vez me compra un cuadro alguien de hacienda, pues a ver que pasa jeje

un saludo
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  #5  
Viejo 2008-02-29, 18:11
Goyo Goyo is offline
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Fecha de Ingreso: Oct 2007
Mensajes: 596
Esta ley es muy perjudicial. A algunas personas les obliga a trabajar fuera de la ley y otras directamente renuncian a trabajar, con lo que se reduce la riqueza del país. El SMI son unos 600 euros, si tienes que darle unos 300 a la SS te quedan otros 300 para vivir.

Espero que alguien la reforme lo más rápidamente posible. Empobrece a todo el país.
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