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| Ronda Depósitos. Hacienda A ver si alguien me puede aclarar esto, si abro un Deposito de 1 mes al 10% de una entidad A, yo como titular por 30.000€ y luego si quiero que mi padre se beneficie de este tipo de depósito, si habre él un nuevo depósito en el que solo el es el titular pero sus 30.000 euros se los he transferido yo desde una cuenta (en el que yo sea titular), esto como lo computa Hacienda en el IRPF de ese año?? Quizá debería ser yo tambien cotitular del depósito que ha abierto él (o eso ya no se consideraría nuevo cliente). En que organismo oficial se podría plantear estas dudas¿¿ Un saludo y gracias. |
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#2
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| Hola: Los rendimientos que se obtengan tributaran via IRPF al 18 %. El organismo competente para resolver las dudas tributarias, es la "Agencia Tributaria", el contacto, telefonos y demas en http://www.aeat.es/. Independientemente de ello, si transfieres a una cuenta a nombre de tu padre 30.000 euros, eso se considera una donacion y como tal tributa, si en esa cuenta figuras tambien como titular, junto con tu padre y transfieres 30.000 euros tuyos, la donacion se entendera de 15.000 euros. A ese respecto, el "correteo" entre depositos y distintos titulares (me imagino que por eso lo planteas) a Hacienda le da igual, si hay transferencias entre cuentas sin contrapartida, lo consideran donacion y como tal, pasaran la liquidacion impositiva correspondiente amen de los recargos, intereses y demas que conlleve. Saludos |