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#1
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| bueno el caso es que ha venido un amigo mio a pedirme ayuda... sus padres (de unos 60) con trabajo ambos y cobraran jubilacion, pues el caso es que han heredado dicha cantidad de dinero 180.000e (EN EFECTIVO Los padres de mi amigo no tienen piso en propiedad por lo que le he dicho que lo que tiene que hacer es comprar uno, a nombre solo de los padres o tambien de los hijos (que pidan la hipoteca los hijos aunque no sea vivienda habitual)...pero ahi vienen varias dudas ¿gastar todo el dinero?¿pedir hipoteca? en caso afirmativo de que cantidad...abri un plan de pensiones la verdad me ha desbordado, yo le he dicho que se asesore muy muy bien y que de momento meta parte del dinero en varias entidades a plazo fijo durante 1 año. |
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#2
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| Hola: De entrada, a mi entender bien aconsejado, que coloquen ese dinero en cuentas remuneradas, asi le sacan partido y hay margen para decidir (sin prisas) que hacer posteriormente. Sobre el tema de vivienda, cuanto menos financiacion mejor, ademas como indicas, dada su edad, dificilemnet podrian obtener hipotecas a mas de 10 años, salvo que en la misma figurara alguno o algunos de los hijos. por otra parte, si hasta la fecha han pasado de tener vivienda en propiedad, tampoco seria ningun sacrificio seguir asi. Añadele el que actualmente la venta de vivienda esta entrando en vias de reajuste, hay una clara disminucion de ventas, con lo cual en un par de años o tres, le surgiran mejores oportunidades que ahora, sobre todo contando con una buena cantidad en efectivo. resumiendo, particularmente meteria el dinero en cuentas remuneradas, esa cantidad con los tipos actuales se le puede sacar entre el 3-4 %, estariamos hablando de unos intereses anuales del orden de 5.400-7.200, parte de esos ingresos lo pueden invertir en plan de pensiones, fiscalmente hablando los planes de pensiones son la mejor opcion de aqui a su jubilacion, compensarian de esa forma la tributacion de los intereses (el 18 %). Si en periodo proximo, les surge una buena oportunidad de compra de vivienda, siempre pueden dejar "paradas" las aportaciones, al ser el rescate de los planes de pensiones a partir de edad de jubilacion, el plazo no quedaria lejano. Saludos |
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#3
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| Alex 6500 ->por otra parte, si hasta la fecha han pasado de tener vivienda en propiedad, tampoco seria ningun sacrificio seguir asi. Que yo sepa nunca tuvieron vivenda en propiedad...pero en caso afirmativo variaria mucho por abrir si acaso en el año en curso una cuenta vivienda? o dos si se hacen 2 declaraciones? no? |
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#4
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| Hola: Pues si tienes razon, es otra opcion, si estan casados en reg. de separacion de bienes, si deberian ser 2 cuentas vivienda, ya que siempre la declaracion iría por separado. Si su reg. matrimonial es de gananciales, es igual, abrir una que 2, ya que siempre tendran la opcion de realizar la declaracion de forma conjunta (iria toda la cuenta vivienda) o por separado (incluirian el 50 % cada uno de la cuenta vivienda). Solo considerar que el plazo maximo para mantener una cuenta vivienda es de 4 años, si en ese "horizonte" se plantean comprar, seria una buena opcion. Al margen de esto, un inciso, tanto si adquieren una vivienda que sea la habitual (ahora o en el futuro), tendran el acicate que si la venden posteriormente DESPUES de la jubilacion, no tendrian la obligatoriedad de reinvertir lo obtenido en otra vivienda habitual, pues las plusvalias por venta de vivienda habitual por contribuyente jubilado, estan exentas de tributación. Saludos |