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Gastos notario una vez que se paga la hipoteca

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  #1  
Viejo 03-jul-2009, 15:55
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Post Gastos notario una vez que se paga la hipoteca

Cuando uno ya ha pagado la hipoteca y hay que arreglar los papeles en el notario alguien sabria decirme:
¿A cuanto ascenden los gastos?
¿El papeleo se puede dejar para cuando uno quiera: meses, años..?

Gracias.
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  #2  
Viejo 04-jul-2009, 21:07
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nadie me puede contestar??
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  #3  
Viejo 04-jul-2009, 21:17
JuanTL JuanTL está desconectado
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Sacado de un foro:

"Sin saber el monto de la hipoteca no se puede calcular, de todas formas te voy a dar unos datos aproximados."

Si es solo Cancelación en el Registro

50.000 € 180 €
100.000 € 204 €
150.000 € 228 €
200.000 € 258 €
250.000 € 288 €
300.000 € 304 €


Pero antes de poder inscribir la cancelación en el registro tienes que ir al banco a pedir un certificado de deuda 0. Luego se va con esto al notario (al que nos convenga) y se le pide cita para cancelar. A parte del certificado de deuda hay que llevar la escritura inicial o nota simple. Entonces tú y tu banco lo canceláis.
El coste del notario es de 50 euros, mas las escrituras y las minutas y aranceles te puedes gastar el doble que la cancelación registral.

Con esta documentación tienes que liquidar el impuesto de actos jurídicos documentados, que desde el 2001 es de coste 0.

Con la documentación anterior, es con la que vas al registro y te cobran lo que te ponía al principio.

Si contratas una gestoría te va a cobrar unos 250 euros."
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  #4  
Viejo 04-jul-2009, 21:25
alex6500 alex6500 está desconectado
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Hola:

No es estrictamente necesario cancelar una hipoteca ya pagada, pero...

Si decides vender, el comprador SI que querra la cancelacion. Puede ocurrir que el banco o caja donde la tenias, se fusione o sea absorbido por otro, en ese caso, lo habitual, es que la documentacion de prestamos ya liquidados, vaya a parar a un archivo en el quinto pino.

Si en esa circunstancia pides el certificado de cancelacion, te puedes encontrar que en vez de 1 o 2 dias, tarden 1 o 2 meses, eso si no se pierde por el camino, total al banco eso le daria igual, ya cobro...

Por otra parte, las hipotecas estan sujetas la pago de IAJD (Imp. de ACtos Juridicos Documentados), actualmente la cancelacion se eximio de ese impuesto, puede que dentro de X tiempo, vuelva a estar sujeta al IAJD, en eso los gobiernos son muy volubles.

El coste dependera de la Responsabilidad Hipotecaria de tu hipoteca, la R. Hipotecaria es la suma de la hipoteca en si mas los gastos previstos para posibles impagos, intereses, reclamaciones etc.

Para una R. Hipotecaria de 150.000 euros, calculale menos de 200 euros.

Si lo haces tu mismo ese seria el coste, si te lo hace una Gestoria, añadele sus honorarios, no suelen trabajar gratis.

El proceso es simple, le pides al banco el certificado de pago, lo llevas al notario donde se hizo la hipoteca (todos te cobran lo mismo) mas que nada porque tienen toda la documentacion a mano y ya se encargan ellos de pasarle la escritura de cancelacion al banco y de avisarte para que la recogas.

Una vez la tengas, la pasas por la Hacienda de tu CCAA para que sellen la exencion de IAJD y listo.

Puedes si quieres despues, llevarla al Registro de la Propiedad para la cancelacion registral de la hipteca, el coste para la cantidad comentada sobre 80 euros, aqui en el Registro actualmente, la factura por cancelacion estaria exenta de IVA

En total no llegaria a los 300 euros todo para esa R. Hipotecaria de 150.000 euros

Si esa vivienda es tu vivienda habitual, puedes meter tanto la factura del notario como la del Registro en el concepto de "Inversion en vivienda habitual" te desgravarias en la declaracion de IRPF correspondiente el 15 % de esas facturas.

Saludos
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  #5  
Viejo 04-jul-2009, 22:43
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Lempicka Lempicka está desconectado
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Muchisimas gracias por la informacion

El prestamo hipotecario era de unos 47.000 € de los cuales quedaban por pagar unos 20.000 € y ya tengo el certificado de cancelacion del banco. ¿me aconsejais que haga los tramites ya o los dejo para mas adelante? por otra parte voy a ver si sere capaza de encargarme yo misma de hacer todos los tramites y ahorrarme los gastos de gestoria.
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  #6  
Viejo 05-jul-2009, 13:14
alex6500 alex6500 está desconectado
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Hola:

Con esa hipoteca la Responsabilidad Hipotecaria debe rondar los 70.000 euros, practicamente te vas al minimo de aranceles notariales de escrituras.

Sobre cancelar, te indicaba las razones por las cuales si era conveniente el tramite de escrituras en notaria.

Te recuerdo que ese tramite es sencillito, solo pedirle al banco el certificado, llevarlo al notario donde se hizo la hipoteca, alla te diran el coste y te aviasran cuando este lista.

Si te indicaba la misma notaria, porque los bancos son tambien de costumbres, es facil que las hipotecas las hagan en la misma notaria por sistema, en ese sentido como suelen ir 1 dia o 2 cada semana a firmar todas las hipotecas, es comodo para todos, que los de la notaria le pasen a la firma tu escritura de cancelacion el 1º dia de la semana que les "toque" ir a los apoderados del banco. En ese acto no es necesario que tu estes presente.

Luego la recoges, cuando te avisen, y la pasas por Hacienda...

El tiempo a dedicar, un par de ratillos escasos en la notaria y en hacienda depende de la hora y la cola que haya, por experiencia en Hacienda segun dia de semana u hora, puedes dejarlo listo en media hora o chupar cola media mañana, mejor a primera o ultima hora y evitar los fines de mes, lunes y viernes es donde mas gente hay normalmente

El tramite del Registro es menos necesario hacerlo, no varian mucho estos en aranceles en el tiempo y es igual llevarlo ahora que dentro de X años.

Lo unico que ya puestos, te quitas todo de encima, el coste es ridiculo

Saludos
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  #7  
Viejo 05-jul-2009, 17:03
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Lempicka Lempicka está desconectado
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Mil gracias Alex

Me lo has explicado muy bien y no lo voy a demorar mas.

Un saludo.
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  #8  
Viejo 05-jul-2009, 17:05
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Sólo un apunte, el impuesto está transferido a las CCAA, y se debe pagar en la CCAA donde esté el inmueble, no donde tú residas o tengas el domicilio fiscal. Lo que quiero decir es que, si por ejemplo, vives en otra ciudad porque estamos hablando de tu casa de la playa, puedes hacer todos los tramites donde quieras pero tendrás que pagar el impuesto en la CCAA correspondiente. Ya se que parece una chorrada pero estas cosas pasan.

Editando: uy, me parece que estoy confundiendo el Imp. de Transmisiones Patrimoniales con el de Actos Jurídicos Documentados... voy a intentar enterarme y vuelvo, perdón.

Última edición por Cugel fecha: 05-jul-2009 a las 17:07
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