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| ¿Se puede desgravar el alquiler sin contrato? |
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#1
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| Buenas. Quería preguntar si es posible desgravar en el IRPF por alquiler si no tienes contrato en el piso. Vivo en un piso compartido en Madrid y la dueña lo alquila por habitaciones no haciendo contrato a ninguno de los inquilinos. Tampoco le hago transferencia bancaria, sino que le entrego el dinero en mano, por lo que no tengo nada que certifique el importe de mi alquiler. He oido que hay gente que desgrava por alquiler sin tener contrato. ¿Es cierto? ¿Qué tendría que hacer? Muchas gracias. Un saludo. |
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#2
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| Hola: Entre las condiciones que se especifican a la hora de marcar en la declaracion de IRPF, la deduccion del alquiler, figuran entre otras, la identificacion de la vivienda (con la referencia catastral) y el NIF del arrendador, amen de la situacion de la vivienda. Toda esa informacion deberia de constar en un contrato firmado, si no lo tienes, complicado sera que la puedas aportar y por tanto no podras desgravarte. Entre otras cosas porque si no teneis contrato en ese piso, es porque el dueño NO DECLARA LOS INGRESOS DE ALQUILER y por tanto dificilmente va a facilitar datos al respecto. Por otra parte, para la famosa ayuda de los 210 euros, si es necesaria la existencia de contrato escrito y de forma practica que los pagos del alquiler se realicen mediante cuenta bancaria. Saludos |
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#3
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| A la ayuda de alquiler no puedo acceder porque excedo el salario máximo. ¿Se puede conseguir en algún sitio la referencia catastral? Porque los datos los puedo obtener de las facturas del piso, supongo. El problema es que no sé si el piso está al mismo nombre que las facturas. Muchísimas gracias |
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#4
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| He encontrado en la oficina virtual del catastro la referencia catastral de ese piso. |
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#5
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| Hola: En ese caso, con los datos necesarios pueden practicarte la deduccion. Tendrias que poder demostrar que estas en ese piso de alquiler, los contratos no tienen que ser estrictamente escritos, son validos los contratos verbales. La unica pega en ese caso es la prueba de la existencia de ese contrato verbal. De todas formas, si tienes menos de 35 años y la vivienda alquilada es para uso como vivienda permanente (no vivienda temporal, estudiantes, vacaciones o similar) los ingresos que genere, estaran exentos para el propietario. Si no fuera ese el caso, en cuanto practiques la deduccion, lo que podria ocurrir es que Hacienda compruebe la contrapartida al respecto por el propietario declarado, en cuyo caso le reclamaran lo dejado de ingresar como rendimientos de inmuebles arrendados, mas la sancion correspondiente. Saludos |
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#6
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| Soy menor de 35 años. No quiero darle problemas a la dueña del piso. Si no tiene obligación de pagar por mi edad, ¿en el momento en que revisen la contrapartida no le causaría ningún problema porque ella no tiene nada que ingresar nada? ¿¿o le causaría problemas de todas formas por el hecho de no hacerme contrato? Muchas gracias otra vez |
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#7
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| Hola: Problemas por no hacerte contrato escrito no tendria ninguno, como te comentaba no hay ninguna ley que obligue a que un contrato de arrendamiento (o cualquier otro) tenga que ser escrito, puede ser verbal. Si esta exenta de declarar esos ingresos por ser el inquilino menor de 35 años, tampoco tendria mayor problema. Lo unico por lo que si podria tener problemas, es porque la vivienda no la pudiera tener alquilada legalmente, por ejemplo porque estuviera declarada como vivienda habitual suya o de alguien de su familia y el propietario o ese alguien de su familia se desgravase por inversion en vivienda habitual o porque estuviese clasificada como VPO. O porque cobrase alguna pension y le abonasen algun complemento por minimos, que perdiese por declarar los ingresos de alquiler. Puede que esa sea la razon de no tener contratos de alquiler escritos. Igual es mas simple que todo eso y desconoce que esos ingresos no esta obligado a declararlos o se trata de la tipica "paranoia" que tiene cierta gente por cobrar en "negro" aunque no te afecte cobrar legalmente. Saludos |
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#8
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| Muchas gracias. Creo que es más bien lo último... Pues le voy a comentar que voy a hacer la desgravación, teniendo en cuenta que ella está exenta. Ella tendrá que informarse de cómo tiene que incluir eso en su declaración. Supongo que tendrá que incluirlo y luego restarlo por exención. O quizás no sea necesario incluirlo. Pues muchísimas gracias. De verdad |
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#9
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| Cita:
Estoy en trámites para ir a vivir de alquiler, tengo 27 años y me gustaría saber donde me puedo informar sobre lo que has dicho que los ingresos del alquiler a jovenes estan exentos para el propietario (es así también en el caso de alquilar sólo un habitación?). Quiero informar bien el propietario, para hacerlo de la forma que nos vaya bien a los dos. Por cierto, estamos en Cataluña. Estoy un poco perdida y cualquier información al respecto será bien recibida. Estoy dudando entre contrato verbal o escrito, y no se si al final alquilaré todo el piso o solo una habitacion y viviré con el dueño. Si no es mucho pedir me puedes explicar cuales son las principales ventajas e inconvenientes en cada caso? (principalmente de hacer contrato verbal o escrito) Un saludo Alex (y al resto del foro) Última edición por mgar fecha: 2008-05-07 a las 22:55. |
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#10
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| Hola mgar: Un contrato es tan valido si es escrito como i es verbal, la unica pega del contrato verbal es que en caso de diferencias de interpretacion y/o incumplimientos por alguna de las partes, dificilmente se pueden probar o contrastar las diferencias, si es verbal seria la palabra de uno contra la de otro, salvo que hubiese testigos que corraborasen todos los puntos del contrato verbal. Por eso a efectos practicos siempre es aconsejable el contrato escrito, las palabras se las lleva el viento mientras lo escrito, escrito esta. Sobre ayudas concretas de renta de emancipacion y ventajas para el propietario, tendras que verlas en la Generalitat de Cataluña, en su web http://www20.gencat.cat/portal/site/...extfmt=default O directamente en la delegacion que tengas mas a mano. Siento no poder decirte mas al respecto, simplemente es que desconozco el catalan. Saludos |
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#11
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| Muchas gracias Alex, como siempre, me has sido de gran ayuda. |